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año:2021
 
año:2007
 
proceso:ATENCION DE RECURSOS DE AMPARO
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA 06 de noviembre, 2007 DAGJ-1369-2007 Licenciada Rocío Aguilar Montoya CONTRALORA GENERAL Estimada señora: Asunto: Informe sobre el resultado del recurso de amparo N° 07-008795-0007-CO. Hacemos de su conocimiento que mediante la resolución de la Sala Constitucional N° 2007-012249 de las 13:55 horas del 24 de agosto de 2007, de la cual adjuntamos copia, se resolvió un recurso de amparo en contra del órgano director en el procedimiento administrativo DAGJ-13-2006, en el cual al recurrente siendo parte en dicho procedimiento le fue denegado el acceso a la denuncia que originó dicha diligencia. Dicho recurso de amparo se declaró con lugar, pese a que el órgano director enderezó lo actuado, una vez advertido su yerro en la interpretación y aplicación de las normas referenciadas, lo cual generó que le remitiera al recurrente copia de la denuncia con la debida tacha o eliminación de los elementos de orden personal que eventualmente permitieran identificar al denunciante -por configurar un claro e inmodificable deber de protección a la identidad del mismo-. Para tal proceder la Sala Constitucional razonó que: “…las razones que le imposibilitaron al recurrente el acceso al documento de su interés desde un inicio, no son atendibles. Si una parte interesada en un procedimiento administrativo solicita el acceso a un documento de su interés, la Administración debe atender adecuadamente esa gestión, lo cual implica individualizar el documento de interés y analizarlo a fin de determinar si la información que se solicita puede o no facilitársele, en caso de que se considera que no resulta pertinente su acceso se debe de informar fundamentadamente al petente. Si no se actúa de esa forma, se está ante una clara de denegatoria de acceso al expediente administrativo. Como en el caso concreto, la Administración revocó la decisión de no entregar al recurrente la información que solicitó y ya le fue entregada, se estima el re ...
Fecha publicación: 10/11/2007
Fecha emisión: 06/11/2007
Institución: SALA CONSTITUCIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE AMPARO
Año: 2007


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA 06 de noviembre, 2007 DAGJ-1370-2007 Licenciada Rocío Aguilar Montoya CONTRALORA GENERAL Estimada señora: Asunto: Informe sobre el resultado del recurso de amparo N° 07-005201-0007-CO. Hacemos de su conocimiento que mediante la resolución de la Sala Constitucional N° 2007-011480 de las 11:53 horas del 10 de agosto de 2007, de la cual adjuntamos copia, se resolvió un recurso amparo en contra de varias entidades públicas, incluida esta Contraloría General, interpuesto por el señor Héctor Mena Ramírez y otros, quienes como vecinos de Cartago han venido gestionando información sobre el uso de los fondos públicos girados a la Municipalidad de Cartago, provenientes de la aplicación de multas a las infracciones de la Ley de Tránsito y generando una denuncia planteada ante este Órgano Contralor. Dicho recurso de amparo en lo que atañe a lo actuado por esta Contraloría General se declaró sin lugar, ya que la valoración oportuna de dicha denuncia conllevó a que fuera trasladada para su atención al Alcalde de Cartago, quien brindó la información del caso, pese a lo cual el gestionante planteó una gestión de revisión. Por otra parte, existen otras gestiones realizadas por los recurrentes ante el Concejo Municipal de Cartago, la Dirección General de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, así como a la Auditoría Interna del Consejo de Seguridad Vial, acerca de la utilización de dichos recursos, las cuales no han sido debidamente atendidas, por lo cual se estima lesionado el derecho de petición que garantiza el ordinal 27 constitucional, otorgándoles un plazo de 10 días hábiles para brindar a los recurrentes la información requerida. Estima este Despacho que la anterior jurisprudencia confirma la facultad de la Contraloria General de trasladar a la Administración activa y a las Auditorias Internas asuntos que se estima son más propios de sus competencias, siempre bajo el entendido d ...
Fecha publicación: 10/11/2007
Fecha emisión: 06/11/2007
Institución: SALA CONSTITUCIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE AMPARO
Año: 2007